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Ayudas para instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica - Comunidades Energías Renovables 2022

ayudas renovables

Hasta el viernes, 29 de abril de 2022 a las 23:59

El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) lanza las ayudas "Comunidades Energías Renovables 2022 - Instalaciones de autoconsumo de energía eléctrica", enmarcadas en las ayudas de ahorro y eficiencia energética, energías renovables y autoconsumo.

 

OBJETIVO

El objeto de este programa es impulsar las actuaciones de instalaciones de energías renovables para la generación y autoconsumo colectivo, de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables.

 

DIRIGIDO A

Comunidades de energías renovables o comunidades energéticas, cooperativas eléctricas, cooperativas agrarias, ayuntamientos y comunidades de propietarios. El proyecto objeto de subvención deberá encontrarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.

 

CUANTÍA

Subvención a fondo perdido de hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto. No obstante, la intensidad de ayuda podrá incrementarse en hasta 10 puntos porcentuales para las ayudas a las medianas empresas y en hasta 20 puntos porcentuales para las ayudas a las pequeñas empresas, ayuntamientos, entidades públicas y entidades e instituciones sin ánimo de lucro respecto de sus actividades no económicas siempre que cumplan con la condición de pequeña empresa.

Se establece un máximo de ayuda de 200.000 euros por proyecto. La suma de los costes elegibles del proyecto a subvencionar deberá ser superior a 10.000 euros.

 

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Las actuaciones apoyables son las instalaciones de energías renovables, para la generación y autoconsumo colectivo, de energía eléctrica en régimen de comunidades de energías renovables, en cualquiera de las modalidades previstas en el artículo 9 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en concreto las previstas en el artículo 4 del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo. Dichas instalaciones podrán incorporar equipos de mejora de gestión y optimización de las propias instalaciones de generación.

 

COSTES SUBVENCIONABLES

  • Inversiones en equipos y montaje vinculados directamente a las instalaciones de autoconsumo, en concreto, sistema generador, sistema de conversión de la energía, equipo de medida de energía generada y, en su caso, sistema de almacenamiento.
  • En el caso de las instalaciones de biomasa/biogás se incluyen el sistema de producción del biogás, gas de síntesis o sistema equivalente.
  • Obra civil estrictamente necesaria vinculada a la instalación objeto de subvención siendo en todo caso el criterio del IVACE el que prevalecerá en caso de controversia acerca de la vinculación de la obra civil al proyecto.
  • Instalaciones de evacuación de energía hasta el punto de conexión.
  • Sistemas de control, telemedida, monitorización y comunicación con el centro de control asociados a la instalación, incluidas las pruebas y puesta en marcha y ensayos de funcionamiento.
  • Sistemas de gestión, control activo y monitorización de la demanda de energía eléctrica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda que ayuden a optimizar la gestión y producción, permitiendo la integración más efectiva en la red, en mercados locales o en su uso para autoconsumo de las fuentes de energías renovables. Estos equipos deberán ser propiedad del beneficiario de la ayuda y estar vinculados al proyecto objeto de la ayuda.
  • Costes de tramitación administrativa de las instalaciones e inscripción en los registros de autoconsumo y de producción de energía eléctrica, incluidos los costes de los estudios de acceso y conexión, los derechos de acometida de generación, los impuestos municipales (ICIO), y tasas de obras, legalización e inscripción en los correspondientes registros.
  • En su caso, costes de redacción de proyectos, estudios de seguridad y salud y dirección de obra, si se trata de contrataciones externas.
  • En su caso, costes de constitución de la comunidad de energía renovable, informes jurídicos previos y estudios de viabilidad de la comunidad.

 

PLAZO DE SOLICITUD

Desde el 22 de marzo de 2022 hasta el 29 de abril de 2022. El plazo de justificación será hasta el 31 de diciembre de 2022.

 

SOLICITUD

Más información y solicitudes en la web de IVACE.

Publicación DOGV

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