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Línea Emprendedores

ENISA

Publicado por opoveda
lunes, 11 de septiembre de 2017

Objetivo

Apoyar financieramente en las primeras fases de vida a pymes promovidas por emprendedores, sin límite de edad, para que acometan las inversiones necesarias y lleven a cabo su proyecto.


Beneficiarios

Emprendedores que quieran crear empresas con una ventaja competitiva clara.


Requisitos

  • Ser PYME y estar constituida, como máximo, en los 24 meses anteriores a la solicitud.
  • Actividad principal y domicilio social en el territorio nacional.
  • Modelo de negocio innovador/novedoso o con claras ventajas competitivas.
  • No estar enmarcada en el sector financiero, excepto las plataformas de financiación participativa y otras plataformas de financiación cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a oferentes de financiación y solicitantes de financiación en cualquiera de sus modalidades.
  • No estar enmarcada en el sector inmobiliario, excepto las plataformas tecnológicas cuya actividad consista en poner en contacto, como mero agente, a personas o entidades que realicen actividades inmobiliarias o de promoción inmobiliaria y a adquirentes o arrendatarios de inmuebles.
  • Cofinanciación de las necesidades financieras asociadas al proyecto empresarial.
  • Nivel de fondos propios, como mínimo, igual a la cuantía del préstamo solicitado a Enisa.
  • Estructura financiera equilibrada.
  • Profesionalidad en la gestión.

 

Condiciones

  • Importe mínimo: 25.000 €
  • Importe máximo: 300.000 €
  • Para la determinación del importe se valorará, entre otros factores, el nivel de fondos propios y la estructura financiera de la empresa.
  • El tipo de interés se aplicará en dos tramos:

- Primer tramo: Euribor + hasta 3,75% de diferencial.

- Segundo tramo: interés variable en función de la rentabilidad financiera de la empresa, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la operación hasta un 6,0%.

  • Comisión apertura: un 0,5%.
  • Vencimiento: máximo 7 años.
  • Carencia del principal: máximo 5 años.
  • Comisión amortización anticipada: equivalente al importe que la cantidad amortizada anticipadamente hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si se hubiese amortizado en los términos previstos inicialmente.
  • Comisión de vencimiento anticipado por cambio en el accionariado: equivalente al importe que el saldo por principal vivo del préstamo, en el momento de vencimiento anticipado, hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si el préstamo se hubiese amortizado en los términos previstos inicialmente.
  • Amortización trimestral de intereses y principal.
  • Sin garantías.

 

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