Subvenciones para la digitalización de las entidades locales de menos de 50.000 habitantes
Subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de las administraciones de las entidades locales
Hasta el jueves, 15 de diciembre de 2022 a las 15:00
El Ministerio de Política Territorial convoca, mediante la Orden Ministerial TER/836/2022 , convoca las subvenciones para la transformación digital y modernización de las administraciones de entidades locales en el marco del Componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), y como parte de las actuaciones previstas en el Eje 3 del Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025 .
OBJETIVO: Esta convocatoria se dirige a la financiación de proyectos que permitan a las entidades locales mejorar la eficiencia y eficacia de los empleados públicos, que impulsen la reutilización de los servicios y soluciones digitales y promuevan el uso activo de las tecnologías emergentes en el despliegue de nuevos servicios digitales, con el objetivo general de reducir la brecha digital.
DIRIGIDO A:
a) Los municipios con una población comprendida entre los 20.000 y 50.000 habitantes, a excepción de los municipios que sean capitales de provincia, de acuerdo con las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020.
b) Las diputaciones provinciales de régimen común y de régimen foral, cabildos, consejos insulares, y las comunidades autónomas uniprovinciales, siendo los destinatarios de las actuaciones que realicen, en los términos del artículo 5, los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de su ámbito territorial, de acuerdo con las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020. c) Las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Presupuesto, financiación y criterios de reparto.
El importe total máximo de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria es de 154.508.061,23 euros, consignados en la aplicación presupuestaria 22.50.94KC.761 de los Presupuestos Generales del Estado. Esta subvención no constituye una ayud
La asignación entre las entidades beneficiarias se ha determinado en función de su número de habitantes para el caso de los municipios con población comprendida entre 20.000 y 50.000 habitantes, así como en función del número total de habitantes de los municipios con población menor de 20.000 habitantes de su provincia para el caso de las diputaciones provinciales de régimen común y de régimen foral, cabildos, consejos insulares y comunidades autónomas uniprovinciales, y en función de la población de Ceuta y de Melilla, teniendo en cuenta, para todas las entidades, las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal, referidas al 1 de enero de 2020. El anexo VII recoge la cuantía máxima de la ayuda que corresponde a cada una de estas entidades
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación termina a las 15:00 horas del 15 de diciembre de 2022.
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por vía electrónica a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial .
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12/09/2022 09:16 | AdmonDesarrolloLocal