G. CONTRATOS QUE SE PUEDEN DAR DURANTE LA VIDA DE LA EMPRESA
G. 01. TIPOS DE CONTRATOS QUE SE PUEDEN DAR DURANTE LA VIDA DE LA EMPRESA
G.01.04.b. Renting
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martes, 17 de septiembre de 2024
ÍNDICE
01. ¿Qué es?
02. ¿Qué bienes pueden ser objeto de renting?
03. ¿Cuál es la renta que hay que pagar en este contrato?
04. ¿Cuál será la duración de un contrato de renting?
05. ¿Quiénes pueden realizar operaciones de renting?
06. ¿Cuál es la fiscalidad del renting?
07. ¿Cuáles son las ventajas e inconvenientes de un contrato de renting?
08. Modelo de Contrato de Renting
09. Principales diferencias entre leasing y renting
DESARROLLO
01. ¿Qué es?
Es un contrato por el que una de las partes, la Sociedad de Renting, se obliga a ceder a otra, el arrendatario, el uso de un bien por un tiempo determinado a cambio del pago de una renta periódica.
El pago de la renta incluye el derecho al uso del equipo, el mantenimiento del mismo y un seguro que cubre los posibles siniestros del equipo.
02. ¿Qué bienes pueden ser objeto de renting?
Los bienes objeto de las operaciones de renting han de ser bienes muebles no fungibles (los que no se consumen con el uso, por ejemplo, manzanas), ya que, por una parte, los arrendamientos de bienes inmuebles están sujetos a leyes especiales, y, por otra, nuestro Código Civil excluye del arrendamiento de cosas a los bienes fungibles, es decir, a los que se consumen con el uso. Los bienes pueden ser tanto productivos como de consumo. Estas operaciones son adecuadas para bienes que tienen una depreciación acelerada en el mercado.
03. ¿Cuál es la renta que hay que pagar en este contrato?
La contraprestación en el contrato de renting es periódica y se establece conforme a criterios de mercado, así como en función de los pactos sobre las posibilidades de sustitución del bien y sobre la inclusión de servicios complementarios (mantenimiento, seguros, impuestos, etc).
La renta podrá ser fija para todo el periodo contractual o variable en relación con el Índice de Precios al Consumo u otro pactado.
04. ¿Cuál será la duración de un contrato de renting?
La duración del contrato será la establecida por las partes, si bien puede preverse la posibilidad de prórrogas al vencimiento. Aunque puede pactarse una opción de compra al término del contrato, ello no es necesario en las operaciones de renting.
05. ¿Quiénes pueden realizar operaciones de renting?
Aunque los contratos de renting son una de las actividades que la legislación bancaria permite realizar a las sociedades de arrendamiento financiero, también puede ser realizada por cualquier compañía no sometida a dicha legislación.
06. ¿Cuál es la fiscalidad del renting?
En el Impuesto de Sociedades, la renta satisfecha será gasto deducible.
En el Régimen Ordinario, el IVA soportado al pagar la renta será deducible en su totalidad al efectuar su declaración por el impuesto, con los mismos condicionantes que en el leasing.
Ni en el Régimen Simplificado ni en el Recargo de Equivalencia existen deducciones, con lo que no es posible deducir el impuesto soportado.
07. ¿Cuáles son las ventajas e inconvenientes de un contrato de renting?
Ventajas:
- Económicas:
• Posibilidad de disfrutar del bien sin realizar un desembolso ni una inversión. No inmoviliza recursos de la empresa en bienes que necesitan continua renovación
• Permite una mejor adaptación a la evolución tecnológica de los equipos existentes en el mercado, o a la evolución de la propia empresa
- Contables:
• Los bienes en renting no se incorporan al inmovilizado de la empresa
• Los bienes en renting no se reflejan en el balance de la sociedad, aligerándolo
• Una operación de renting tiene una administración muy sencilla
• Disminuye el número de documentos (sólo una factura) y de proveedores
- Fiscales:
• El alquiler es 100% gasto fiscalmente deducible
• Evita cualquier controversia acerca de la amortización del equipo, ya que no es propiedad del arrendatario
• No existe opción de compra a favor del arrendatario al término del contrato de arrendamiento
08. Modelo de Contrato de Renting
MODELO DE CONTRATO DE RENTING
REUNIDOS
Don .................................................., gerente de la empresa ..........................., constituida en Escritura Pública otorgada ante Don .............................................., Notario de ......................, e inscrita en el Registro Mercantil con fecha de ........... de ............ de ..........., libro .........., tomo .........., folio ..........., con CIF núm. .........................., y con domicilio social en .........................., calle ........................................................., con poderes de representación conforme a Escritura Pública autorizada por Don ..................................................., Notario de .......................... con fecha de ........... de ............. de ..........., a partir de ahora arrendador, de una parte;
Don ................................................., gerente de la empresa ............................, constituida en Escritura Pública otorgada ante Don .............................................., Notario de ........................, e inscrita en el Registro Mercantil con fecha de ........... de ............. de ............, libro ............., tomo ..........., folio .........., con CIF núm. .........................., y con domicilio social en ......................., calle ........................................................., con poderes de representación conforme a Escritura Pública autorizada por Don ........................................, Notario de ..................... con fecha de .......... de .......... de ..........., a partir de ahora arrendatario, de otra parte;
Acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE RENTING, de acuerdo con las siguientes,
ESTIPULACIONES
I. La empresa ............. entrega en arriendo a la empresa ........... la maquinaria de su propiedad especificada en el Anexo 1 del presente contrato para (especificar la finalidad), sin que la misma pueda ser utilizada para fines distintos sin autorización expresa de la empresa arrendadora.
II. La empresa arrendataria inspecciona la maquinaria confirmando que se encuentra en perfecto estado para el uso al que va a ser destinada.
III. El presente contrato comienza el día de hoy, finalizando en fecha de .......... de ............. de ............
IV. El precio del arrendamiento es de .............€, que se fracciona en ........... mensualidades, abonando la empresa ........... a la empresa arrendadora la cantidad de ........... € mensuales, en los cinco primeros días cada mes, ingresando dicha suma en la cuenta que la empresa ........... tiene abierta en la Entidad Bancaria .............., sucursal ..........., número de cuenta ......................................
V. Por el presente contrato la empresa ............ entrega a la empresa arrendadora la cantidad de ............ € en garantía del cumplimiento de las obligaciones. Dicha suma se reintegrará cuando la empresa arrendataria devuelva la maquinaria en buen estado, habiendo cumplido su obligación del pago de las rentas.
VI. La empresa arrendadora se obliga al mantenimiento de la maquinaria, seguros e impuestos. Cuando la reparación requiera de un mínimo de ....... días, la empresa arrendadora se obliga a reemplazar la máquina por otra de similares características temporalmente hasta que finalice la reparación, o definitivamente.
VII. La empresa arrendadora se obliga a la evicción y saneamiento por vicios ocultos.
VIII. Si la empresa arrendataria incumple su obligación de pago de las rentas, la empresa arrendadora podrá exigirlas manteniendo la vigencia del contrato o podrá pedir la resolución del mismo con la restitución de la maquinaria y exigiendo el pago de las cantidades de las rentas vencidas.
IX. Para resolver cualquier cuestión derivada del presente contrato las partes se someten expresamente a los Tribunales de ......................., con renuncia del fuero propio.
Conformes, firman el presente contrato de renting, por duplicado y a un solo efecto, Don .................................., como gerente de la empresa ................., y Don ............................................., como gerente de la empresa ...................
En ............................................. a ............ de ............ de ...............
NOTA:
Los contratos mercantiles pueden ser intervenidos por Agente Mediador Colegiado conforme al artículo 93 del Código de Comercio, el cual establece que "los Agentes Colegiados tendrán el carácter de Notarios en cuanto se refiera a la contratación de efectos públicos, valores industriales y mercantiles, mercaderías y demás actos de comercio comprendidos en su oficio, en la plaza respectiva.
Llevarán un Libro Registro con arreglo a lo que determina el artículo 27, asentando en él por su orden, separada y diariamente, todas las operaciones en que hubiesen intervenido, pudiendo, además, llevar otros libros con las mismas solemnidades. Los libros y pólizas de los Agentes colegiados harán fe en juicio".
Además, hay que atender al artículo 517.2.5º de la LEC que establece como título ejecutivo "las pólizas originales de contratos mercantiles, firmadas por las partes y por Agente de Cambio y Bolsa o Corredor de Comercio colegiado que los intervengan, con tal que se acompañe certificación en la que dichos agentes acrediten la conformidad de la Póliza con los asientos de su Libro Registro y la fecha de éstos".
Si interviniese Agente Mediador en el presente contrato, se ha de incluir la cláusula siguiente:
• Este contrato ha sido formalizado con la intervención de Don ............................., Agente Mediador Oficial, a todos los efectos legales oportunos, incluyendo los señalados en la LEC en su artículo 517.2.5º, así como en los artículos 58 y 93 del Código de Comercio, y demás legislación aplicable.
Y en prueba de su conformidad las partes otorgan y firman el presente contrato por triplicado y a un solo efecto, de lo que yo el Agente doy fe, hechas las advertencias legales, así como de la capacidad legal para contratar e identidad de los contratantes y de la legitimidad de sus firmas y de todo lo dispuesto en el presente contrato, que firmo y sello en ................................ a ............ de...........).
09. Principales diferencias entre leasing y renting
Finalidad
En el leasing la opción de compra es algo esencial y suele ejercerse casi siempre, pasando el arrendatario a adquirir la propiedad del bien. Así pues, el leasing sirve para financiar la adquisición de determinados bienes (se persigue adquirir los bienes, no cambiarlos cuando se haga necesario) .
En el renting al no perseguirse la adquisición de la propiedad del bien, a través de la Sociedad de Renting, se puede efectuar el cambio del mismo en el momento en que se precise.
Servicios que ofrece cada uno
El contrato de leasing no lleva aparejada la prestación de ningún servicio.
El contrato de renting lleva consigo diversas prestaciones por parte de la empresa arrendadora, como el mantenimiento, la puesta en marcha, etc.
Contabilidad
En el leasing se ven afectadas cuentas de Pasivo por el importe total de la deuda, así como, en el Activo, cuentas de Inmovilizado Inmaterial, de Gastos Diferidos, de IVA y de Amortización. El Balance en su conjunto se ve alterado y una serie de índices, como los de endeudamiento, se ven afectados.
El renting no aparece reflejado ni en el Activo ni en el Pasivo del Balance ni se ve incrementado el Inmovilizado. Simplemente es un gasto.
Duración
El contrato de leasing exige una duración mínima de dos años, si se trata de bienes muebles, y de diez si se trata de bienes inmuebles (aunque en principio rige la libertad de pactos de las partes). Por lo tanto, es una operación orientada al medio y largo plazo.
En el renting no hay periodos mínimos de duración y está orientado al corto plazo, adaptándose en función de las necesidades al presupuesto de gastos de la compañía (movilidad y flexibilidad para adaptarse a las necesidades del arrendatario y a la marcha de la empresa). También aquí rige la libertad de pactos de las partes.
Al finalizar el contrato
En el leasing, cuando termina el contrato se pueden dar tres posibilidades:
1. Que se devuelva el bien
2. Que se prorrogue el contrato
3. Que se haga efectiva la opción de compra
En el renting sólo hay dos alternativas:
1. Que se devuelva el bien
2. Que se prorrogue la duración del contrato
Arrendador
En el leasing el arrendador ha de ser necesariamente una Sociedad de Leasing, cuyo objeto social exclusivo es la realización de operaciones de arrendamiento financiero.
El renting supone la existencia de una empresa arrendadora, de un stock de bienes de equipo y de un servicio competente para reparar, conservar, comprar y revender.
Tratamiento fiscal
En cuanto al leasing, ver MEMOFicha G.01.04.a.
Por lo que respecta al renting, ver MEMOFicha G.01.04.b.
Es importante señalar que tanto en el leasing como en el renting, el IVA lo pagamos de forma diferida.
Revisado el 17/09/2024
17/09/2024 12:06 | publisher