Ayudas Emprenem Comerç (CMIAPY) 2024
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 9 de febrero de 2024
Hasta el viernes, 09 de febrero de 2024 a las 23:59
La Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo lanza las ayudas Emprenem Comerç (CMIAPY).
OBJETO
El objeto de estas ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes comerciales. Las ayudas deberán ir destinadas a financiar los gastos corrientes derivados:
- Del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad,
- O de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica.
El establecimiento deberá estar ubicado en la Comunitat Valenciana y, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pyme o micropymes:
1. Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.
NOTA: En el caso de solicitar la ayuda las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, NO podrán pedir al mismo tiempo ayuda los socios, comuneros o integrantes de estas agrupaciones.
2. Y que ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las siguientes según:
- CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
- IAE (Real Decreto ley 1175/1991, de 28 de septiembre): Sección Primera, División 6, Agrupaciones:
- Agrupación 64 excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5
- Agrupación 65 excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655
ACCIONES APOYABLES Y CUANTÍA
Se considerarán susceptibles de recibir apoyo los gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica, desde el 1 de ENERO DE 2024 hasta el 30 de SEPTIEMBRE DE 2024. El establecimiento deberá estar ubicado en la Comunitat Valenciana y, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.
La ayuda a conceder por establecimiento será de hasta el 50% con el límite de 10.000 euros, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 euros de subvención.
CONVOCATORIA
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 15 de enero de 2024 hasta el día 9 de febrero de 2024, ambos inclusive.
MÁS INFORMACIÓN
05/01/2024 12:20 | josemirr93