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Ayudas a la contratación 2022 Chiva

Programa de ayudas para la contratación de personas desempleadas con el objetivo de fomentar el empleo que reactive la economía

Hasta el martes, 25 de octubre de 2022 a las 23:59

AEDL Ayuntamiento de Chiva

AEDL Ayuntamiento de Chiva

Publicado el martes, 11 de octubre de 2022 a las 09:51

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Ayudas a la contratación 2022 Chiva

Ayudas a la contratación 2022 Chiva

El Ayuntamiento de Chiva, a través del área de Innovación y Dinamización Económica, pone en marcha un programa de ayudas para la contratación de personas desempleadas con el objetivo de fomentar el empleo que reactive la economía, apoyando a las empresas que contraten personal para facilitar así el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, el mantenimiento de la actividad y del empleo.

DIRIGIDO A: Estas ayudas están dirigidas a empresas, cuyos centros de trabajo se encuentren en cualquier municipio de la provincia de València, y contraten por cuenta ajena a personal desempleado empadronado en Chiva por un período de duración de al menos 12 meses, con alta en el régimen general de la seguridad social y como mínimo de 20 horas semanales. 

Podrán acogerse a la subvención contratos celebrados desde el 1 de enero de 2022 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes que cumplan con los requisitos que se detallan en las bases. 

REQUISITOS DE LAS EMPRESAS BENEFICIARIAS:

a) Estar dadas de alta en el Régimen Especial de personal trabajador autónomo o Mutualidad correspondiente o en el régimen general de la Seguridad Social y en Hacienda en el momento de la presentación de la solicitud de la ayuda.

b) Que tanto el domicilio social como el local de desarrollo de la actividad en su caso, se encuentren en la provincia de València.

c) Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), así como que no tenga deuda pendiente con el Ayuntamiento de Chiva. Este requisito debe cumplirse durante todo el procedimiento de concesión de la ayuda.

d) Que no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la subvención, en su caso.

e) No haber obtenido ni solicitado cualquier otra ayuda para la misma acción subvencionable, excepto las posibles bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social.

CUANTÍAS DE LA SUBVENCIÓN:

2.1. Por cada contratación de duración mínima de 12 meses a tiempo completo:

Personas desempleadas entre 30 y 44 años: 2.000 €

Personas desempleadas jóvenes de hasta 29 años o mayores de 45 años: 2.500 €

La cuantía subvencionable se incrementará en 500 € en cada uno de los supuestos si la persona a la que se contrata se encuentra en cualquiera de las siguientes situaciones:

Que se trate de una mujer. Que se trate de una persona con diversidad funcional de al menos el 33%.

Que se trate de una persona en riesgo de exclusión social, situación que deberá ser acreditada por los servicios sociales municipales.

2.2. Por cada contratación mínima de 12 meses a tiempo parcial, igual o superior a 20horas semanales la cuantía se reducirá proporcionalmente a la jornada contratada.

PLAZO DE PRESENTACIÓN: hasta el 25 de octubre de 2022.

Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica del Ayuntamiento.

DESCARGA EL BOP:

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