Ayudas a la industrialización para las asociaciones empresariales industriales
Información complementaria
martes, 28 de febrero de 2023
Actuaciones subvencionables
1. Solo podrán subvencionarse, con arreglo a esta convocatoria, las actuaciones realizadas por el tejido asociativo de carácter industrial de la Comunitat Valenciana, que claramente se enmarquen en alguna o algunas de las siguientes tipologías priorizadas en el Plan Estratégico de la Industria Valenciana 2018-2023: Innovación
1. Acciones para fomentar la mejora de la gestión de la innovación interna de las empresas, así como impulsar la innovación abierta y disruptiva.
2. Acciones que fomenten la reconversión de los procesos productivos hacia la fabricación de productos diferenciados, la diversificación, el diseño y la mejora de la oferta de valor.
3. Acciones para impulsar la transferencia de la innovación entre diferentes sectores.
4. Acciones para intensificar la transferencia de conocimiento desde el sistema de innovación (Universidad, Institutos tecnológicos, pymes y startups tecnológicas) a las industrias.
5. Acciones que impulsen la vigilancia tecnológica y de mercados, y la detección de tendencias. Industria 4.0
6. Acciones para intensificar la transformación digital de los procesos industriales y el uso de tecnologías habilitadoras (KETs).
7. Organización de acciones formativas y de divulgación en nuevas tecnologías relacionadas con la industria 4.0 y la transformación digital. Internacionalización y cadena de valor
8. Acciones de promoción exterior, de impulso de la internacionalización y de la marca conjunta en los mercados internacionales, así como acciones de fomento del consumo de los productos vinculados al sector.
9. Acciones de prospección de los mercados globales de nuevos productos, negocios o nuevas empresas compradoras.
10. Acciones de fomento del marketing digital, los marketplaces y las plataformas b2b y b2c.
11. Acciones para impulsar la implantación de la economía circular, la eco-innovación, el tratamiento de residuos y la eficiencia energética, tanto a nivel empresarial como a nivel de las áreas industriales.
12. Acciones de apoyo a las empresas para la incorporación de iniciativas relacionadas con el green deal y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Formación y talento
13. Acciones de promoción de la FP INDUSTRIAL, sensibilizando sobre su empleabilidad y oportunidades de empleo en la industria.
14. Acciones para fomentar acuerdos de colaboración de los institutos con los sectores específicos y /o clústeres para la formación en centros de trabajo (FCT) y la FP Dual.
15. Acciones para la creación de base de datos de profesionales formados para facilitar la contratación. 16. Acciones formativas en nuevas tecnologías, exportación, implantación y/o gestión de la innovación, así como acciones para ofrecer a las empresas formación en materia específica de cada sector industrial. Cooperación
17. Acciones para potenciar los consorcios de cooperación que integren la cadena de valor y suministro, particularmente para la innovación y el impulso de la economía circular.
18. Fomento de la colaboración de las empresas para la realización conjunta de pruebas, homologaciones, estudios técnicos o la certificación de productos o servicios.
19. Fomentar la cooperación entre empresas de productos complementarios o de diferentes sectores para el desarrollo de nuevas cadenas de valor, para abordar nuevos mercados o para dar una oferta integral de productos y servicios competitivos en el ámbito internacional.
2. El presupuesto mínimo subvencionable del plan de actuación será de 10.000 euros, sin contar el IVA. Las solicitudes cuyo presupuesto subvencionable total, sumando gastos de colaboraciones externas, partida de personal propio admisible e importe máximo de auditoría, no alcance dicho importe mínimo, serán directamente desestimadas.
3. Si en la fase de justificación de la subvención, el importe total admitido como subvencionable no alcanza los 10.000 euros, se acordará la revocación total de la subvención y la pérdida del derecho a la misma, salvo que conste debidamente justificado que, por circunstancias excepcionales no se ha podido ejecutar el presupuesto mínimo de 10.000 euros, y que además las actuaciones si realizadas satisfacen suficientemente la finalidad de la subvención.
4. No serán subvencionables las actuaciones que supongan una ayuda directa o una ventaja económica manifiesta para empresas concretas e individualizadas, ni aquellas que consistan en una actividad económica de la entidad solicitante, entendiéndose por actividad económica toda aquella por la que la entidad perciba una retribución de mercado.
28/02/2023 12:26 | AdmonAlcoi