Bases reguladoras de ayudas para pesca sostenible
martes, 08 de marzo de 2022
CUANTÍA DE LA AYUDA
La intensidad de la ayuda será del 50% con las excepciones que figuran en el artículo 95 del Reglamento (UE) n.º 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca y con las intensidades específicas de ayuda previstas en el anexo I del citado Reglamento.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo de presentación de solicitudes en el ejercicio 2022 para las ayudas de la presente convocatoria será de un mes desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
CÓMO SOLICITAR
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Por internet
A través del enlace correspondiente:
https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_SUB_SUGUS&version=1&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=18623
08/03/2022 09:31 | AdmonVlc
URL oficial/canónica: https://desarrollolocal.emprenemjunts.es/?op=13&n=18444

