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Ayudas económicas destinadas a minimizar el impacto de los efectos económicos producidos por el COVID19 - San Vicente del Raspeig.

Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig.

Hasta el domingo, 01 de agosto de 2021 a las 23:59

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Ayudas económicas destinadas a minimizar el impacto de los efectos económicos producidos por el COVID19 - San Vicente del Raspeig.

Ayudas económicas destinadas a minimizar el impacto de los efectos económicos producidos por el COVID19 - San Vicente del Raspeig.

Ayudas económicas destinadas a minimizar el impacto de los efectos económicos producidos por el COVID19 - San Vicente del Raspeig.

 

OBJETO

Es objeto de estas ayudas, impulsar la actividad económica en el término municipal de San Vicente del Raspeig, otorgando liquidez a las empresas para contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales, mantenimiento de la actividad, el empleo y amortiguar la reducción drástica de ingresos. 

La finalidad de estas ayudas es proteger el interés general, actuando directamente sobre las personas físicas y jurídicas más afectadas para afrontar esta situación extraordinaria provocada por el COVID-19 con el objetivo de evitar que se originen consecuencias económicas y sociales irreversibles para los habitantes del municipio y velar porque una vez finalizada la crisis sanitaria se produzca lo antes posible una reactivación de la economía local, evitando que el impacto económico y social se prolongue en el tiempo. 

El crédito disponible es aportado íntegramente por la Excma. Diputación de Alicante, y asciende a 277.794,22 euros y la ayuda máxima a percibir podrá alcanzar los 3.000,00 euros por solicitante, por lo que bastará con aportar el importe de 3.000,00 euros como gastos subvencionables, en previsión de justificación de otras subvenciones que pudiesen convocarse.

 

BENEFICIARIOS

 

Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas, legalmente constituidas que, siendo persona autónoma, colectivo sujeto a mutualidad, micropymes o Pymes de las definidas conforme el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014 de la comisión, de 17 de junio de 2014, que se encuentren dadas de alta a fecha de solicitud y tengan su domicilio fiscal en el municipio de San Vicente del Raspeig, que motiven la concesión de la presente ayuda, y que cumplan los siguientes requisitos: 

  1. Que hayan reducido el promedio mensual de facturación de los meses por los que se vaya a solicitar la ayuda (que deben estar comprendidos entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021), en al menos el 25% respecto del promedio mensual facturado en 2019. Este requisito se justificará mediante declaración responsable que vendrá incluida en la instancia presentada junto con la documentación requerida.
  2. Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). 
  3. Que no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN

Del 2 de julio al 1 de agosto de 2021.

 

MÁS INFORMACIÓN

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