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Ayudas Económicas Covid 19 - Ayuntamiento de Guardamar del Segura

II Convocatoria de ayudas directas Paréntesis - Plan Resistir

Hasta el miércoles, 07 de julio de 2021 a las 23:59

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Ayudas Económicas Covid 19 - Ayuntamiento de Guardamar del Segura

Ayudas Económicas Covid 19 - Ayuntamiento de Guardamar del Segura

II Convocatoria de ayudas directas Paréntesis - Plan Resistir  lanzadas por el Ayuntamiento de Guardamar del Segura

 

OBJETO

Concesión de ayudas directas a autónomos y que ejerzan su actividad en Guardamar del Segura y que la misma esté entre las relacionadas en el Anexo VI del Decreto de Alcaldía del 10 de Junio de 2021, Decreto N.º 3330/2021 aprobando las SEGUNDAS BASES REGULADORAS AYUDAS PARÉNTESIS GUARDAMAR DEL SEGURA 2021 DENTRO DEL PLAN RESISTIR- SEGUNDA CONVOCATORIA AYUDAS DESTINADAS A MICROEMPRESAS Y PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS DEL MUNICIPIO QUE SE HAYAN VISTO AFECTADAS POR LA PANDEMIA.

 

BENEFICIARIOS

Personas autónomas o microempresas con un máximo de 10 personas trabajadoras encuadradas en los sectores y códigos CNAE identificadas en el Anexo VI al final de estas bases reguladoras, y que tengan su domicilio fiscal en el término municipal Guardamar del Segura. En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica debe nombrarse una persona representante apoderada, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes. Así mismo, y en los términos previstos en el artículo 11.3 LGS, la agrupación o comunidad de bienes no podrá disolverse hasta que transcurra el plazo de prescripción a que hacen referencia los artículos 39 y 65 LGS.

Se excluyen los trabajadores autónomos integrantes de una comunidad de bienes, los autónomos societarios (con independencia de la naturaleza jurídica de la sociedad) y los socios de Sociedades Civiles. En todo caso, será la sociedad en la que participen, la que pueda optar a la presente subvención, si cumple con los requisitos exigidos. Así mismo, se excluyen los autónomos colaboradores.

Podrá presentarse un máximo de una solicitud por persona física o jurídica o entidad. En caso de presentarse más de una solicitud dentro del plazo establecido, solo se tendrá en cuenta la última presentada en el Registro General de Entrada en el M.I. Ayuntamiento de Guardamar del Segura.

 

PLAZOS

Se requerirá la presentación de la solicitud en modelo normalizado de instancia (Anexo II) en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación de la segunda convocatoria de bases en el BOP de la Provincia de Alicante. Publicado en el BOP núm 112 de fecha 15/06/2021. Plazo de presentación: del 16 de junio al 07 de julio de 2021 (ambos inclusive)

 

MÁS INFORMACIÓN

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