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Ayudas a la promoción de la economía sostenible en la Comunitat Valenciana

Plazo presentación de ayudas 1 de Marzo hasta el 30 de marzo de 2021

Hasta el martes, 30 de marzo de 2021

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economia sostenible

economia sostenible

Ayudas destinadas a la promoción de la economía sostenible en la Comunitat Valenciana 2021. Economía.

 

OBJETO DEL TRÁMITE:

La concesión de subvenciones destinadas a contribuir a la promoción de la economía sostenible en la Comunitat Valenciana, a través de la financiación de actuaciones de fomento y difusión de la cultura y prácticas de las empresas sociales y de la Economía del Bien Común (EBC).

Podrán acogerse a estas ayudas las siguientes entidades:

a) Asociaciones, fundaciones y otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro que tengan entre sus fines la promoción y fomento de los principios vinculados a la empresa social y/o de la EBC.

b) Pequeñas y medianas empresas (pymes) con personalidad jurídica propia que realicen actuaciones vinculadas con la implantación de la cultura y práctica de la empresa social y de la EBC.

c) Centros, institutos y entes universitarios especializados que lleven a cabo actividades de investigación y/o formación especializada en materias vinculadas a la economía sostenible, la empresa social o la EBC, ya tengan personalidad jurídica propia, ya dependan o se encuentren adscritos a una universidad.

 

CUANTÍA DE LA AYUDA:

  • Que las ayudas pueden alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables, sin perjuicio de los límites vigentes para las ayudas de minimis.

    - Y que las cuantías máximas de las ayudas por entidad beneficiaria y actuación subvencionable son:

    a) Las ayudas que se concedan a una misma entidad para todas las actividades de formación, fomento y difusión de la cultura y prácticas de la empresa social y de la EBC del artículo 4.1 de la Orden 2/2017, no podrán superar la cifra de 10.000 euros.

    b) La cuantía máxima que podrá percibir una pyme en concepto de las ayudas por las actuaciones del artículo 4.2 de la Orden 2/2017 no podrá superar la cuantía de 3.000 euros.

    c) Las ayudas que se concedan a una misma entidad para todas las actividades de investigación y/o formación especializada a que se refiere el artículo 4.3 de la Orden 2/2017, no podrán superar la cifra de 10.000 euros.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN: 

El plazo de presentación de solicitudes de estas ayudas será desde el día 1 de Marzo de 2021 hasta el  30 de marzo de 2021 ambos incluidos 

 

MÁS INFORMACIÓN

Para más información accede a los siguientes enlaces:

 

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