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El Ayuntamiento de Meliana concede ayudas a las personas agricultoras para hacer frente a los gastos generados por el Covid-19

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Hasta el martes, 13 de octubre de 2020 a las 23:59

OBJETO

La finalidad de estas ayudas es la defensa del Medio Ambiente de una manera indirecta puesto que la actividad agraria es, sin duda, uno de los valores patrimoniales y ambientales más importantes de nuestro municipio.

Todo eso sumado a la disponibilidad mostrada por el sector agrícola de la población que desde el primer momento de la pandemia pusieron a disposición del Ayuntamiento sus medios personales y materiales para ayudar a la contención de la expansión del virus y a la prevención en la aparición de brotes en la población, hace que el sector agrícola de Meliana merezca una ayuda pública para afrontar esta situación extraordinaria provocada por el COVID -19.

DIRIGIDO A

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en estas bases las personas trabajadoras (tanto físicas como jurídicas) del sector Agrícola que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar dadas de alta fiscal en la actualidad en el régimen especial agrario o asimilado, con una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Estar dado de alta ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, RETA) o asimilado, con una antigüedad mínima de 6 meses.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y/o con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), así como no tener deuda pendiente con el Ayuntamiento de Meliana.

CUANTÍA

La concesión de la subvención se efectuará directamente otorgando a cada solicitante una ayuda económica fija que se distribuirá en función del número de hanegadas de cultivo que se demuestre que son trabajadas por ella:

  • Hasta 10 hanegadas: 100 €
  • De 10 a 20 hanegadas: 200 €
  • Por cada hanegada adicional: 10 €

La cantidad máxima a percibir por una única persona beneficiaria será de 600 €.

El importe a otorgar se calculará en función de las hanegadas totales cultivadas por la persona interesada, independientemente de que se trate de cultivos ubicados en distintos polígonos y parcelas.

La concesión de ayudas se efectuará hasta agotar el crédito disponible destinado a atenderlas en ese momento.

SOLICITUD 

Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los medios establecidos, preferentemente por medios electrónicos a través de la sede electrónica disponible en la página web.

En casos justificados se aceptarán las solicitudes presenciales.

La solicitud que se formulará en la instancia habilitada al efecto tendrá que estar firmada por la persona interesada o su representante legal y tiene que acompañarse obligatoriamente de la documentación siguiente:

  • Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial Agrario (REA).
  • Documentación acreditativa del pago de las cuotas del REA correspondientes a los dos primeros trimestres de 2020.
  • Declaración jurada sobre la circunstancia de ser quien cultiva la tierra objeto de subvención.

El plazo de presentación de solicitudes concluye el 13 de octubre de 2020.

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