Cerrar

Ayudas 2019 a acuerdos territoriales en materia de empleo y desarrollo local en la Comunitat Valenciana

Ayudas acuerdo territoriales empleo 2019

Hasta el 3 de mayo pueden solicitarse las ayudas EMPACE 2019

Hasta el viernes, 03 de mayo de 2019

El Servicio Valenciano de Empleo y Formación (LABORA), ha publicado la Resolución de 4 de abril de 2019, por la que se convocan para el ejercicio 2019 las subvenciones destinadas a fomentar los acuerdos territoriales en materia de empleo y desarrollo local en la Comunitat Valenciana, reguladas en la Orden 12/2016, de 29 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.

Programa de subvenciones destinadas a fomentar los acuerdos territoriales en materia de empleo y desarrollo local en la Comunidad Valenciana. Proyectos experimentales (EMPACE 2019)

El objeto de estas subvenciones es la concesión de subvenciones destinadas a fomentar los acuerdos territoriales en materia de empleo y desarrollo local sostenible en el ámbito de la Comunitat Valenciana, a través de la ejecución del programa de proyectos experimentales.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones:

1.- Las entidades con personalidad jurídica integradas por entidades locales y agentes sociales más representativos u otros actores clave, públicos y privados, de su territorio a través de las que se hayan instrumentado los acuerdos territoriales en materia de empleo y desarrollo local. Las entidades constituidas a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden 12/2016, de 29 de julio, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, reguladora de estas subvenciones, deberán cumplir las condiciones establecidas en la letra b).

2.- Las entidades locales (incluidas las Mancomunidades) de la Comunitat Valenciana que expresen la disposición de acordar su actuación en materia de empleo y desarrollo local con los agentes sociales más representativos y otros actores clave, públicos y privados, de su territorio. En todo caso deberán aglutinar a una población de al menos 100.000 habitantes o a un número mínimo de 5 municipios. Cuando el ámbito de actuación incluya a más de una entidad local, deberá constar un acuerdo previo entre ellas y solo podrá presentar solicitud una de las entidades que lo hubieran suscrito. En estos procesos de concertación territorial deberán participar representantes de la Generalitat, particularmente a través de las Direcciones Territoriales de LABORA y de los Espais LABORA. Asimismo se tendrá en cuenta, en la medida de lo posible, las áreas funcionales previstas en la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana. Las entidades solicitantes deberán, en su caso, justificar la falta de correspondencia con las citadas áreas funcionales; la ausencia de justificación adecuada y suficiente determinará la denegación de la solicitud.

La cuantía de la ayuda será para:

Compensar los costes laborales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, del personal técnico y de apoyo (propio de la entidad beneficiaria o contratado específicamente para esta actuación) que ejecuten las acciones subvencionables. Se entenderá como coste salarial únicamente las percepciones económicas por la efectiva prestación del servicio, con exclusión de dietas, indemnizaciones y suplidos como consecuencia de la actividad laboral, retribuciones de vacaciones no disfrutadas u otras percepciones que no tengan la condición de salariales.No resultarán subvencionables los días en que la persona trabajadora se encuentre en situación de incapacidad por enfermedad o accidente, sean comunes o profesionales, ni los supuestos de permiso de maternidad o paternidad.Por este concepto se subvencionará un máximo de 35.000 euros por persona en cómputo anual (20.000 euros en el caso del personal de apoyo) para las contrataciones a jornada completa. En el caso de contratos a tiempo parcial o de duración inferior a 12 meses, dichos límites se reducirán de forma proporcional.

1.- Subvencionar hasta un máximo del 15% sobre el coste total del proyecto, entendido como el coste justificado y aprobado por el órgano gestor, los costes siguientes siempre que tengan una vinculación directa con el proyecto subvencionado:

  • Gastos de arrendamiento de medios asociados a los proyectos subvencionados.
  • Gastos en bienes consumibles y materiales didácticos empleados para realizar las actuaciones derivadas de los proyectos subvencionados.
  • Gastos de publicidad derivados de los proyectos subvencionados.

Plazo de presentación solicitudes del 10 de abril de 2019 al 03 de mayo de 2019

Fuente original del contenido:

DIARI OFICIAL GENERALITAT VALENCIANA  

2.602 visitas

Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecerte toda la funcionalidad y una mejor experiencia, obtener estadísticas de tráfico, analizar el uso de la web y mejorar nuestros servicios.
Tienes disponible aquí nuestra política de cookies.
Puedes aceptar todas nuestras cookies pulsando el botón 'ACEPTAR' o configurar aquí tus preferencias.

Estrictamente necesarias +

Estas cookies son necesarias ya que permiten que el sitio web funcione correctamente, no se pueden desactivar.

Estadísticas +

Son las cookies que utilizamos exclusivamente con fines estadísticos para poder analizar cómo los usuasrios hacen uso de la web. Recopila información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares. Activar estas cookies nos permite seguir mejorando.

Funcionales +

Estas cookies son necesarias para el intercambio y presentación de contenidos de plataformas externas como youtube o de redes sociales como facebook, twitter o linkedin.

Marketing y publicidad +

Estas se utilizan para crear perfiles de usuario y analizar la efectividad de campañas publicitarias o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares..

GUARDAR AJUSTESACEPTO